El Código Internacional de Gestión de la Seguridad y prevención de la contaminación (código IGS/ISM o CIGS) constituye la pieza angular de la segu-ridad marítima y modifica el tradicional estándar jurídico de la navegabilidad (seaworthisness) para ampliarlo: ya no solo se trata de la aptitud del casco del buque para la navegación o de que tenga una tripulación adecuada y cualifica¬da, sino de que disponga y sea operado de acuerdo con un sistema de gestión de seguridad (SGS) aprobado y elaborado con un proceso sistemático de eva¬luación de riesgo. La gestión operacional de la seguridad marítima se configura como un presupuesto esencial de la navegabilidad. Tal planteamiento no solo es relevante a efectos de la seguridad marítima y la protección del medioam¬biente marino, sino también desde la clásica obligación de la debida diligencia del naviero en mantener la navegabilidad del buque y conlleva relevantes efec¬tos jurídicos y un nuevo paradigma en la gestión naviera y portuaria.
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